Ahora veamos cuales son algunos de las definiciones, principios y leyes establecidos:
CONCEPTOS FUNDAMENTALES
DEFINICIÓN 1: COSA:
Entidad con características definidas separables de las demás.
DEFINICIÓN 2: CONJUNTO:
Agrupación de cosas separable de las demás.
PRINCIPIO 1: LA EXISTENCIA:
Las cosas correctamente definidas existen.
PRINCIPIO 2: EL CAMBIO:
Las cosas cambian dando lugar a los fenómenos.
DEFINICIÓN 3: EL TIEMPO: (Ver definición 11)
La magnitud que permite que las cosas cambien.
PRINCIPIO 3: LA CONSTANCIA:
La forma en que cambian las cosas, o sea la forma del cambio, en el tiempo no cambia.
PRINCIPIO 4: LA CONTINUIDAD DE LA ACCIÓN:
Las cosas cambian con el tiempo sin discontinuidades.
PRINCIPIO 5: CAUSALIDAD:
En todo cambio hay una "fuerza" que lo provoca.
DEFINICIÓN 4: MEDIR LONGITUDES:
Yuxtaponer sucesivamente una cosa sobre otra.
LEY 1: PERMANENCIA DE LA YUXTAPOSICIÓN:
Obtenemos la misma relación al medir dos cosas en iguales condiciones.
LEY 2: TRANSITIVA DE LA YUSTAPOSICIÓN:
Las relaciones de dos cosas con una tercera están en relación con la relación entre ambas cosas.
LEY 3: ADITIVA DE LA YUXTAPOSICIÓN:
La relación de dos cosas en conjunto yuxtapuestas con una tercera es la suma de las relaciones de cada una de ellas con la tercera.
DEFINICIÓN 5: LONGITUD:
Magnitud fundamental que nos permite yuxtaponer las cosas.
DEFINICIÓN 6: MEDIR AREAS:
Superponer sucesivamente una cosa sobre otra.
LEY 4: PERMANENCIA DE LA SUPERPOSICIÓN:
La relación obtenida al superponer cosas no cambia con el tiempo.
LEY 5: TRANSITIVA DE LA SUPERPOSICIÓN:
Las relaciones de superponer dos cosas con una tercera están en relación con la relación entre ambas cosas.
LEY 6: ADITITVA DE LA SUPERPOSICIÓN.
La capacidad en conjunto de dos cosas de ser superpuestas por una tercera es la suma de las capacidades de cada una con la tercera.
DEFINICIÓN 7: SUPERFICIE:
Magnitud fundamental de las cosas que nos permite superponerlas.
DEFINICIÓN 8: MEDIR VOLUMENES:
Relacionar el número de veces que una cosa puede contener a otra.
LEYES 7, 8 y 9:
Medir volúmenes cumple las leyes de permanencia, transitiva y aditiva.
LEY 9: ADITIVA DE MEDIR VOLUMENES
La capacidad en conjunto de dos cosas de contener a una tercera es la suma de las capacidades que cada una puede contener a la tercera.
DEFINICIÓN 9: VOLUMEN:
Magnitud fundamental de las cosas que nos permite medir su volumen.
LEY 10:
En paralelogramos el producto de las longitudes de dos lados contiguos nos da el valor de su superficie.
Por tanto la magnitud fundamental AREA, equivale a la longitud al cuadrado.
LEY 11:
En paralelepípedos, el producto de tres aristas de vértice común no da el volumen.
Por tanto la magnitud fundamental VOLUMEN, equivale a la longitud al cubo.
DEFINICIÓN 10: MEDIR TIEMPOS:
Relacionar el número de veces que ocurre un fenómeno al producirse otro fenómeno.
LEYES 12,13 Y 14:
Medir tiempos cumple las leyes de permanencia, transitiva y aditiva.
DEFINICIÓN 11: TIEMPO: (Ver definición 3)
Magnitud fundamental que permite el "cambio de las cosas" o fenómenos.
DEFINICIÓN 12: VELOCIDAD:
Relación entre longitud y tiempo.
DEFINICIÓN 13: ACELERACIÓN:
Relación entre velocidad y tiempo.
DEFINICIÓN 14: MEDIR MASAS:
Número de veces que hay que colocar una cosa en un lado de la balanza para equilibrarla.
LEYES 15,16 y 17:
Medir masas cumple las leyes de permanencia, transitiva y aditiva.
DEFINICIÓN 15: MASA:
Magnitud de las cosas que se opone al cambio.
LEY 18:
Todas las cosas que existen poseen masa positiva, excepto el vacío que posee masa nula. ( No existen cosas con masa negativa).
DEFINICIÓN 16: VACÍO:
Volumen sin materia en él, sin masa.
DEFINICIÓN 17: MATERIA:
Magnitud esencial común a todas las cosas con masa.
DEFINICIÓN 18: SUSTANCIA:
Porción de materia no separable en otras distintas por procesos físicos y que tiene un comportamiento homogéneo en procesos químicos.
DEFINICIÓN 19: PROCESO FÍSICO:
Proceso que no altera las sustancias que intervienen.
DEFINICIÓN 20: PROCESO QUÍMICO:
Proceso que cambia las sustancias que intervienen.
DEFINICIÓN 21: ELEMENTO QUÍMICO (Ver definición 99)
Porción de materia que no se altera ni es separable en otras distintas por procesos químicos.
LEY 19:
En los procesos físicos las relaciones entre masas de las diferentes sustancias que intervienen no cambian.
LEY 20:
En los procesos químicos la suma de las masas de las sustancias iniciales es igual a la suma de las masas de las sustancias finales.
PRINCIPIO 6:
La masa de las cosas no cambia con el tiempo, excepto en la radiactividad.(*)
viernes, 5 de octubre de 2007
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