MECÁNICA GRAVITATORIA
DEFINICIÓN 30: GRAVEDAD:
Propiedad de todos los cuerpos que en ausencia de resistencia hace que caigan libremente.
LEY 30:
En ausencia de resistencia, la aceleración de la gravedad es la misma para todos los cuerpos.
DEFINICIÓN 31:PESO:
Fuerza que es el producto de la masa por la aceleración de la gravedad.
DEFINICIÓN 32: ALTURA:
Longitud medida según la dirección de caída de los cuerpos.
DEFINICIÓN 33: ENERGÍA POTENCIAL:
Producto del peso del cuerpo por la altura.
LEY 31:
En ausencia de resistencia, el trabajo en elevar un cuerpo es igual a la variación de energía potencial del cuerpo.
LEY 32:
En ausencia de resistencia, la variación de energía potencial y la variación de energía cinética se anulan si no se efectúan trabajos sobre el cuerpo.
DEFINICIÓN 34: ENERGIA MECÁNICA LINEAL:
Es la adición de la energía cinética más la energía potencial.
LEY 33:
En ausencia de resistencia y en movimientos lineales, el trabajo realizado sobre un cuerpo es igual a la variación de energía mecánica lineal del cuerpo.
DEFINICIÓN 35: INTENSIDAD DEL CAMPO:
Fuerza que actúa sobre la unidad de masa activa en un punto del campo.
DEFINICIÓN 36: FLUJO DEL CAMPO:
Intensidad del campo por la superficie.
DEFINICIÓN 37: POTENCIAL:
La variación de potencial es igual al trabajo necesario para llevar la unidad de masa activa de un punto del campo a otro.
LEY 34:
El trabajo necesario para llevar una masa activa de un punto a otro es el producto de la diferencia de potencial entre ambos puntos multiplicado por la masa activa.
LEY 35:
El potencial del campo gravitatorio es inversamente proporcional a la distancia al foco del campo y directamente proporcional a la masa del foco.
viernes, 5 de octubre de 2007
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